Brasil reclasifica los VASP de cripto como Tipo 3 según la Resolución 580/2026

El Banco Central de Brasil emitió la Resolución 580/2026 el miércoles, reclasificando a los proveedores de servicios de activos virtuales (VASP) y a los conglomerados liderados por VASP como instituciones Tipo 3, una categoría anteriormente reservada para casas de bolsa de valores, firmas de distribución de valores y casas de cambio. La resolución modifica las Resoluciones 436/2024 y 201/2022, sometiendo a las empresas cripto a los mismos requisitos prudenciales —incluyendo reglas de gestión de riesgos, requisitos de capital y políticas de divulgación de información— que se aplican a las casas de bolsa tradicionales, con obligaciones de cumplimiento que entran en vigor el 1 de enero de 2027. El Banco Central declaró que la reclasificación refleja similitudes funcionales entre los modelos de negocio de los VASP y las casas de bolsa, y se alinea con las recomendaciones internacionales siguiendo el principio de "misma actividad, mismo riesgo, misma regulación", avanzando hacia un entorno regulatorio seguro y proporcionado para las actividades de activos virtuales en Brasil.

El Banco Central Emite la Resolución 580/2026 que Clasifica a los VASP como Instituciones Tipo 3

La Resolución 580/2026 sitúa a los VASP en la clasificación Tipo 3 a partir del 1 de enero de 2027, aplicando un conjunto de requisitos prudenciales a estas instituciones. Según un comunicado emitido por el Banco Central, la clasificación Tipo 3 "acerca el tratamiento regulatorio de estas empresas al adoptado para las casas de bolsa y firmas de distribución de valores, reflejando similitudes funcionales entre sus modelos de negocio". La resolución exige que los VASP cumplan con reglas de gestión de riesgos, requisitos de capital y políticas de divulgación de información idénticos a los que rigen para las casas de bolsa de valores.

VASP Obligados a Ingresar al Segmento 4 antes del 30 de junio de 2028

La resolución exige que los VASP se unan al Segmento 4, independientemente de su tamaño, antes del 30 de junio de 2028. El Segmento 4 agrupa a instituciones cuyo tamaño es inferior al 0,1% del Producto Interno Bruto (PIB) de Brasil. La resolución impide que los VASP reciban los beneficios del Segmento 5, que incluyen un régimen de cumplimiento simplificado para instituciones de bajo perfil de riesgo. El Banco Central confirmó que los VASP perderán acceso a estas ventajas de bajo riesgo a medida que se intensifique la supervisión.

Ejecutivos de la Industria Anticipan Consolidación Bajo las Nuevas Reglas

Valor Económico informó que la medida no fue bien recibida por los ejecutivos de la industria cripto, quienes anticipan más consolidación en el ecosistema. Un ejecutivo no identificado comentó: "No parece tener mucho sentido en términos de 'mismo riesgo, misma regulación'. Lo positivo es que solo entra en vigor en 2027, así que tenemos tiempo para adaptarnos". La declaración del ejecutivo indica preocupaciones de la industria sobre los costos de cumplimiento y la carga regulatoria impuesta por la clasificación Tipo 3.

Preguntas Frecuentes

¿Qué hizo el Banco Central de Brasil el miércoles respecto a los VASP?

El Banco Central de Brasil emitió la Resolución 580/2026 el miércoles, reclasificando a los VASP y a los conglomerados liderados por VASP como instituciones Tipo 3, sometiéndolos a los mismos requisitos prudenciales que las casas de bolsa de valores a partir del 1 de enero de 2027.

¿Por qué el Banco Central reclasificó a los VASP como instituciones Tipo 3?

El Banco Central declaró que la reclasificación refleja similitudes funcionales entre los modelos de negocio de los VASP y las casas de bolsa, y se alinea con las recomendaciones internacionales siguiendo el principio de "misma actividad, mismo riesgo, misma regulación".

¿Cuándo deben los VASP ingresar al Segmento 4 según la nueva resolución?

Los VASP deben ingresar al Segmento 4, independientemente de su tamaño, antes del 30 de junio de 2028, y ya no recibirán los beneficios del Segmento 5, que incluyen un régimen de cumplimiento simplificado para instituciones de bajo perfil de riesgo.

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